Contra las Cooperativas de Trabajo Asociado ¡Rescatemos la estabilidad laboral!
La apertura de la economía colombiana en el gobierno de Cesar Gaviria trajo como consecuencia la necesidad de ser más “competitivos”, es decir tener la posibilidad de vender los productos y servicios más baratos sin reducir la tasa de ganancia. Esta necesidad se reflejó en las contrarreformas impulsadas por el mencionado gobierno y la nueva legislación laboral dio nacimiento a múltiples y nefastas formas de contratación entre las que se cuentan las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA). En el acuerdo Santos-Obama y el pacto firmado con la CGT y la CPC, el gobierno se compromete a vigilarlas, en lugar de eliminarlas que es lo que pedimos los trabajadores.
¿Que son las CTA?
La ley 79 de 1988 definió las cooperativas así: “Las cooperativas de trabajo asociado son aquéllas que vinculan el trabajo personal de sus asociados para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios” (Art. 70), en las cuales el principal aporte de los asociados es su trabajo, mientras que los aportes de capital son mínimos. En cuanto al régimen aplicable, dispone el Artículo 59, de la misma ley: “En las cooperativas de trabajo asociado en que los aportantes de capital son al mismo tiempo los trabajadores y gestores de la empresa, el régimen de trabajo, de previsión, seguridad social y compensación, será establecido en los estatutos y reglamentos en razón a que se originan en el acuerdo cooperativo y, por consiguiente, no estará sujeto a la legislación laboral aplicable a los trabajadores dependientes...”
Los trabajadores conocedores de una profesión u oficio se unen para vender su trabajo a quien lo requiera, con quien elaboran un contrato para la prestación de un servicio sin que medie la relación patrono–trabajador sino una relación entre socios y propietarios, por tanto dejan de ser regidos por el Código Laboral.
Así las cosas, éstos trabajadores asociados son a la vez sus propios patronos y tiene que velar por sus salarios y seguridad social con lo que se rompe la naturaleza de la relación laboral, ocultando la verdadera relación de extremos capital–trabajo.
Los trabajadores vinculados a CTA, se ven en la necesidad de competir con empresas grandes que poseen fuertes sumas de capital, de tal forma que terminan vendiendo sus servicios a precios que escasamente alcanzan a cubrir sus salarios, desconociendo prestaciones como vacaciones, cesantías y primas, es decir vendiendo su fuerza de trabajo por debajo del mínimo, lo que en la practica resulta en una sobrexplotación que genera una gran masa de plusvalía para el empresario.
Las empresas particulares y del Estado vieron en esta practica la oportunidad de reducir costos de tal forma que por la década de los noventa fueron despedidos gran número de trabajadores, especialmente los de menos formación educativa, como mensajeros, celadores, conductores, archivadores y otros, para dar paso a la contratación a través de estas cooperativas. Los mismos grupos económicos crearon “cooperativas” para contratar estos servicios sin reconocer la unidad de empresa y desconocer derechos convencionales a los trabajadores.
Adicionalmente estas cooperativas han venido degenerando, convirtiéndose en intermediarios de tal suerte que los trabajadores son contratados y pagados por la cooperativa por un valor muy inferior al que reciben por la empresa a la que son destinados y a la que prestan verdaderamente sus servicios.
Un golpe a la clase trabajadora
Las consecuencias laborales y sociales son devastadoras: como mencionamos anteriormente los trabajadores cooperados son a la vez socios y dueños de las cooperativas, no los cobija el Código de Trabajo sino el acuerdo estatutario, como no perciben salario sino compensación perdieron la seguridad social y las prestaciones legales y extralegales.
La salud es uno de los derechos que se ve violado por la práctica de estas CTA. Como han proliferado un gran numero de cooperativas ilegales, no se hacen los aportes legales como salud, pensión y parafiscales de tal suerte que los trabajadores no se encuentran afiliados a ningún régimen prestador de este servicio. Por supuesto no cuentan tampoco con aportes para pensión lo que trae como consecuencia una vejez precaria y de total desamparo por parte tanto del empresario como del Estado.
Las CTA violan el derecho al trabajo, pese a que la Constitución establece que “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”. Adicionalmente en el plano internacional el derecho al trabajo está contemplado en la Declaración Universal sobre Derechos Humanos y los convenios promovidos por la Organización Internacional del Trabajo, los cuales Colombia ha suscrito, giran en torno a este derecho. Y es que el derecho al trabajo no se limita a tener una ocupación. Este debe ser la base de una vida digna, por tanto debe ser digno en cuanto a su remuneración, estabilidad y seguridad social.
Al desconocer las obligaciones laborales y la estabilidad en el empleo las CTA violan el derecho al trabajo, no solo atentan contra la seguridad económica del trabajador sino contra su estabilidad emocional y la de su familia. En las CTA el trabajador nunca tiene algo seguro. De acuerdo a sus propios estatutos cooperativos, pueden desafiliar a una persona en cualquier momento y el trabajador pierde su empleo sin derecho a reclamo de ninguna índole.
Las CTA impiden la sindicalización
Se define por libertad de asociación el derecho de las personas a integrarse libre y voluntariamente para lograr fines comunes o de no hacerlo, si esa es su elección. En este derecho se incluye la libertad sindical, es decir el derecho de los trabajadores a construir sindicatos. De este derecho se deriva el derecho a la huelga. La violación por parte de las CTA de este principio consiste en que como no existe una relación laboral entre los asociados y la cooperativa, estos no pueden construir sindicato o integrar un sindicato. En definitiva no pueden organizarse para defender sus mínimos derechos.
Este tipo de relación entroniza el miedo y la amenaza como medio coercitivo hacia los trabajadores, viola en principio sus más mínimos derechos y es medio fecundo para el clientelismo y la sobreexplotación.
Solo la lucha puede derrotarlas
Parte de la dirigencia sindical le sigue el juego al gobierno y a su vicepresidente
Angelino Garzón, exsindicalista, quien viajará a EEUU para mostrar los grandes “avances” que en materia laboral y de Derechos Humanos se han logrado en Colombia. El acuerdo con la CGT y la CPC tiene el mismo objetivo y sólo le sirve al gobierno, por eso debemos denunciarlo como una traición a la lucha de los trabajadores.
Pero sólo la lucha organizada y solidaria de todos los trabajadores y sectores populares, exigiendo la derogatoria de la ley de Cooperativas y la implementación de la contratación directa, indefinida y con todas las prestaciones laborales puede modificar esta situación.
Protección laboral y TLC entre Colombia y Estados Unidos
En un mundo globalizado donde los trabajadores de todos los países, incluyendo los desarrollados, se encuentran amenazados por las condiciones impuestas por el gran capital, los trabajadores de EEUU se han opuesto desde un inicio a la firma de los tratados de libre comercio de su país con otros en los que los salarios y las condiciones laborales son más desventajosas y por ende más llamativas para las multinacionales, que cierran factoría en EE.UU. y las trasladan a esos países. Por otra parte la fuerte presión ejercida por el partido Republicano para que Obama firme el TLC con Colombia y Panamá, ha hecho que Obama se pronuncie al respecto imponiendo “condiciones’ al gobierno Santos para la firma.
Se menciona que una de las condiciones impuesta por Obama, es la desaparición o entrada en cintura de las CTA, sin embargo al leer el texto no encontramos nada de esto. El texto se limita a comprometer al gobierno a sancionar a las empresas que violen las leyes de las cooperativas. Cuando lo nefasto son precisamente las leyes de las cooperativas.
Por otra parte compromete al gobierno Santos a nombrar 480 inspectores de trabajo en 4 años. Esto es una completa burla a los trabajadores. El Ministerio de la Protección Social no ha velado por uno solo de los derechos violados de los trabajadores asociados y que se nombre nuevos burócratas en nada cambia la legislación existente.